El derecho a la autodeterminación a juicio

Nacional

Han empezado los juicios de la Causa General que el Estado español y su poder judicial empezaron el mes de noviembre de 2017 contra los responsables políticos y gubernamentales del Referéndum de Autodeterminación del 1 de octubre.


Se trata de un juicio político contra el Derecho a la Autodeterminación del pueblo catalán, juicio que todos los indicios – políticos, judiciales e históricos – permiten concluir de antemano que acabaran con unas sentencias que comportaran penas de prisión e inhabilitaciones para las personas implicadas.

El objetivo político del Estado español es justamente castigar de forma ejemplar a los responsables políticos y gubernamentales del Referéndum de Autodeterminación del 1 de octubre para que nunca más nadie se atreva a intentar de nuevo una vía política que pueda poner en cuestión la unidad territorial del Estado español y, subsidiariamente, para impedir cualquier vía de empoderamiento popular que signifique una amenaza para los poderes – políticos, judiciales, econòmicos y mediáticos – que garantizan la unidad territorial de este estado, las prebendas y privilegios.

El que está en juicio, por lo tanto, no es sólo la libertad y los derechos políticos y civiles de las personas que serán juzgadas en los diversos procesos judiciales que se enmarcar en esta Causa General (en el Tribunal Supremo y en la Audiencia Nacional Española y en el Tribunal Superior de Justícia de Cataluña), sinó justamente la posibilidad que el pueblo catalán – o cualquier otro pueblo del Estado español – pueda ejercer nunca su legítimo derecho a la autodeterminación.

  • Qué se juzga?

En síntesis, se juzga el proceso político de ejercicio del derecho a la autodeterminación vivido en Cataluña en los últimos años. Los escritos de acusación empiezan hablando del acuerdo de gobierno entre las principales fuerzas políticas soberanistas ERC y CIU (2012(, todas las resoluciones adoptadas por el Parlament de Cataluña encaminadas a una solución bilateral del ejercicio del derecho a la autodeterminación, la consulta del 9 de noviembre de 2014 y posteriormente se centran en la preparación y ejecución del Referéndum de Autodeterminación del 1 de octubre de 2017.

El contenido de la acusación parte de las manifestaciones multitudinarias y reiteradas de miles de personas y de la actividad política del independentismo institucional durante estos años (discursos que se han materializado así como de las leyes tramitadas, comisiones de estudio, declaraciones institucionales y hasta twits de los líderes independentistas).

La tesis del Estado es que el independentismo (a través de tres actores: Parlament de Cataluña, Gobierno catalán y sociedad civil movilizada) pretendía imponer la independencia por la fuerza de la movilización ciudadana, asumiendo hasta la utilización de la violencia, aunque no consta la existencia ni de proclamas ni de incitación y aún menos de actos de violencia.

  • Actores de los juicios: quién es quién

Acusan la fiscalía del Estado, órgano que tiene atribuida la protección de la legalidad – pero que paradójicamente no se opone a investigar la violencia policial desplegada el 1 de octubre-, la advocacia del Estado, es el gabinete jurídico del gobierno central y actúa en protección de los recursos públicos y la acusación popular ejercida por VOX.

Se encuentran acusados todos los miembros del Gobierno Catalán del otoño 2017, los presidentes de las entitades civiles ANC y Òmnium Cultural y los principales actores parlamentarios (los miembros partidarios del debate autodeterminista de la mesa del Parlamento y los portavoces de los partidos Junts pel Sí y la CUP). La macrocausa ha afectado a un total de 25 personas.

El Tribunal que celebrará el juicio es la Sala Penal del Tribunal Supremo, el máximo órgano de la judicatura penal española, ubicado en Madrid, los miembros del cual son escogidos por un órgano de gobierno de los jueces con una mayoría del Partido Popular desde hace años, hecho que ha convertido el tribunal en ultraconservador y alineado con las tesis de la derecha españolista.  Durante la causa se ha discutido mucho esta cuestión porque supone una decisión inaudita que altera la competencia natural, que era del Tribunal Superior de Cataluña, ubicado en Barcelona. los jueces que celebrarán el juicio, además, no conocen la lengua catalana, que es la oficial en Cataluña y la propia de los acusados.

  • Rol de la extrema derecha: VOX impulsor de la judicialización de la política

VOX es un partido de ultraderecha contrario a la inmigración, al feminismo y el independentismo, que desde el inicio del proceso político ha interpuesto querellas criminales de forma reiterada para provocar la judicialización del proceso político. Ahora, en la macrocausa és la única acusación popular, una figura que es bastante singular de la legislación española y que permite que la ciudadanía participe en los procedimientos judiciales penales sin estar vinculados a las posiciones de las acusaciones oficiales de la fiscalía y la representación de la parte perjudicada, en este caso la abogacía del Estado.

Las peticiones de VOX son siempre desorbitadas y responden a una lógica de derecho autoritario y predemocrático. Desgraciadamente, cuando la fiscalía  ha aceptado rebajar la tensión – en relación a alguna prisión provisional- el Tribunal Supremo se ha alineado con VOX. En un sistema acusatorio como el español, el papel de VOX sirve al tribunal para mantenerse en el extremismo si así lo considera.

  • Prison, exilio y peticiones fiscales: respuesta a las eur órdenes y peticiones de extradición de Alemania, Bélgica, UK y Suiza

El procedimiento se dirige por los delitos de rebelión, sedición, malversación de recursos públicos y desobediencia cometida por autoridad contra 25 personas de las que sólo 18 de ellas serán juzgadas en este juicio porque se encuentran en España. De ellas, se encuentran en prisión provisional los presidentes de la ANC y OC, cuatro consejeros, una consejera y el vicepresidente del gobierno catalán y la presidenta del Parlamento, que suman nueve presos. El resto se encuentra en libertad.

En el exilio hay dos consejeras, dos consejeros y el Presidente del gobierno catalán y las portavoces de Juntos por Sí y la CUP, que suman siete personas exiliadas.

La fiscalía acusa por rebelión, malversación de recursos públicos y desobediencia pidiendo condenas que van de la multa, acompañada de inhabilitación, hasta los 25 años de prisión. La abogacía del Estado acusa por sedición, malversación de recursos públicos y desobediencia pidiendo condenas que llegan como máximo a 12 años. VOX acusa de dos rebeliones y en todo lo que pide la fiscalía añade también organización criminal y la pena solicitada máxima es de 74 años.

En relación a las personas que se encuentran en el exilio, fueron inicialmente objeto de peticiones de detención internacional. Esto conllevó, entre los que se encontraban en la Unión Europea, la apertura de procedimientos en Escocia, Bélgica y Alemania. En ninguno de los casos se acordó la prisión provisional a la espera de la decisión definitiva. El único tribunal que entró en el fondo fue el Tribunal Superior de Schleswig-Holstein que denegó la entrega del presidente del gobierno catalán en el exilio en entender que según la legislación alemana los hechos del juicio no son constitutivos de delito en Alemania. Este hecho conllevó la retirada de los procedimientos en Escocia y Bélgica.

En el caso de Suiza, el ministerio de Justicia manifestó que las peticiones de extradición eran casos claros de delitos políticos y que por tanto las autoridades de la federación no accederían a la extradición de personas que se encontraran en su territorio.

En la actualidad existe una orden de detención de todos ellos sólo vigente en territorio español para que los jueces del Supremo han renunciado a la cooperación judicial internacional en este caso.

14 de febrer de 2019